JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS, POR CONCURRIR A REUNIONES Y/O COMISIONES EN REPRESENTACIÓN DE ORGANIZACIONES SINDICALES
Se recuerda a todos los Centros Educativos y Oficinas la vigencia de la Resolución 1323/2018 del ex CETP, Acta 149, de fecha 22 de mayo del 2018 que se establece lo siguiente:
“1) Disponer que las inasistencias por la concurrencia a reuniones y/o comisiones en representación de organizaciones sindicales, cuya convocatoria sea realizada por la Institución, serán justificadas mediante constancia expedida por uno de los integrantes del Consejo Directivo, Directores de Programa, Directores de Campus, Secretaría Docente, Secretaría General y Asesoría Letrada, según corresponda la convocatoria”.
2) La constancia contendrá los datos del interesado, su calidad de representante sindical, lugar, fecha, horario en que se desarrolló la reunión y/o comisión y motivo de la misma.
3) La mencionada constancia deberá ser presentada en la dependencia donde el funcionario se desempeñe.”
En virtud de que la CAUSAL para justificar las inasistencias por esta causa, no está habilitada para los Centros Educativos y Oficinas, deberán remitir la CONSTANCIA entregada por el funcionario al email rrhhcontroldeasistencia@gmail.com a efectos de que RRHH proceda a realizar el registro correspondiente.
PROGRAMA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
SECCIÓN CONTROL DE ASISTENCIA
Montevideo, 21 de noviembre de 2024